Enmiendas Nueva Ley del Deporte

Ayer día 23 de Marzo finalizaba el plazo para la presentación de enmiendas a la nueva propuesta de ley del deporte, sin embargo, el gobierno aumentó dicho plazo hasta el día 30 para presentar enmiendas parciales tras rechazar las enmiendas a la totalidad.

Tras analizar el texto desde COEDPI, coincidimos con muchas entidades entre ellas la AFE (Asociación de Futbolistas Españoles), la AJUB (Asociación de Jugadores de Baloncesto), la AMBM (Asociación de Jugadoras de Balonmano), la ACP (Asociación de Ciclistas Profesionales), la PGA (Asociación de Profesionales del Golf), y muchas otras entidades que se han ido pronunciando y con quienes COEDPI guarda Relación, junto a los COPLEF de diferentes puntos de España (Colegios de Licenciados en Educación Física), o incluso grupos políticos como ERC (Esquerra Republicana de Cataluña) que es socia del propio Gobierno que impulsa esta ley, en la que la ley tal y como está en este momento no puede aprobarse, y necesita seguir debatiéndose en varios puntos. El más importante de ellos es que posiblemente la desaparición del TAD (Tribunal Administrativo del Deporte).

En España a día de hoy, existen juzgados específicos que solo llevan un tipo de causas: Juzgados de lo Civil, de lo Penal, Juzgados de infancia, de Violencia de Género, etc, uno de ellos es el TAD, que se encarga de resolver los litigios dentro del ámbito deportivo. El texto que propone esta nueva ley y que os dejamos a continuación, implica que se elimine este organismo público y que cualquier conflicto sean las propias federaciones deportivas quienes lo resuelvan de forma interna, dejando en total desamparo a los clubes, asociaciones y deportistas ante la eventual arbitrariedad de las Federaciones.

El texto, tal y como está en este momento dice:

«Por otro lado, nos encontramos con el régimen disciplinario, derivado de la vulneración de las reglas del juego y la competición, que esencialmente se deja en manos de las federaciones deportivas y ligas profesionales dentro de su ámbito competencial; las cuales establecerán su propio sistema de infracciones, sanciones y forma de coerción de estas conductas, respetando los principios esenciales del procedimiento administrativo sancionador pero sin la intervención del poder público en instancia alguna, por lo que el Tribunal Administrativo del Deporte ya no conocerá en vía de recurso de las sanciones impuestas a miembros de estas entidades ni lógicamente, el orden contencioso-administrativo.»

Seguiremos informando con todas las novedades.

Open chatAbrir chat
¿Te podemos ayudar?
Hola, he visto COEDPI en internet