Ayer día 16 de Febrero 2023 quedó aprobada en el Congreso de los Diputados para publicación en el BOE la nueva «Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI», la cual no dudamos en que es un gran paso para el colectivo LGTBI+ de nuestro país.
Sin embargo desde COEDPI nos vemos en la necesidad de plantear una reflexión y aportar tres sugerencias en pro de la defensa de las mujeres biológicas, no solo en cuanto a visibilidad deportiva, sino en cuanto a protección de su salud y su vida.
Somos Iguales Somos Distintos
Desde COEDPI somos conscientes de que mujeres y hombres biológicamente somos iguales en muchas cosas, tenemos un corazón que late y un cerebro que piensa, un par de piernas que salen de la cadera y manos al final de nuestros brazos. Biomecánicamente podemos realizar los mismos movimientos corporales, y a nivel deportivo en todas las disciplinas participan tanto hombres como mujeres.
Del mismo modo, entendemos que tanto hombres como mujeres deben tener las mismas obligaciones y derechos civiles y penales, que deben tener las mismas responsabilidades en el hogar, los mismos rangos salariales por horas y carga de trabajo, la misma edad de jubilación, etc, y que nuestro sistema jurídico debe garantizarnos la mayor igualdad posible en todos los campos existentes.
Sin embargo hay cosas a nivel biológico que nos distinguen, y no hablamos solo de los órganos genitales, o que unas tengan mamas en el pecho y otros no: hablamos de fibras musculares rojas y blancas, hablamos de densidad ósea, y hablamos de hormonas. Ni por asomo las personas que nacen biológicamente hombres generan y acumulan la misma cantidad de estrógenos que las personas nacidas biológicamente mujer, y las personas nacidas mujeres no generan ni acumulan ni de lejos la misma cantidad de testosterona que los nacidos hombres.
La testosterona se genera a partir de la pubertad, y sus niveles llegan a ser hasta 20 veces más altos en el sexo biológico masculino que en el femenino, y no ocurre solo en los humanos, ocurre en la totalidad de los mamíferos, haciendo entre otras cosas que los machos de casi todas las especies de mamíferos sean más grandes que las hembras de su misma especie.
Circulating Testosterone as the Hormonal Basis of Sex Differences in Athletic Performance
Pero la testosterona no solo influye en el tamaño o masa corporal, da mayor densidad muscular y ósea, mayores pulmones y corazón, menor masa grasa, mayores niveles de hemoglobina, hombros y tórax más anchos y caderas más estrechas, lo cual se traduce en mayor capacidad cardio respiratoria, o mayor capacidad para producir fuerza/potencia, tal y como describió la federación internacional de Rugby en el siguiente ENLACE
Obviamente, esta desigualdad biológica de nacimiento afecta sobre el rendimiento y las marcas deportivas en todos los deportes; no hay más que coger los rankings de cualquier disciplina deportiva, tanto femeninos como masculinos, en eventos importantes como olimpiadas, grandes maratones como la de Boston, etc, y comparar las marcas numéricas. Si elimináramos la categoría masculina y femenina y todos compitieran en una única categoría, costaría descender unos cuantos puestos entre los primeros clasificados masculinos hasta encontrar la primera clasificada femenina. El estudio Boys & Women comparó marcas deportivas en atletas varones menores de 18 años con marcas de mujeres en los juegos olímpicos de Rio 2016, donde se ve claramente en términos numéricos que si hubieran competido juntos, de las 87 medallas que se otorgaron a mujeres en aquellas olimpiadas, los chicos hubieran conseguido 81 medallas, mientras que las mujeres medallistas en Rio 2016 solo habrían conseguido 6.
Estudio Boys vs Women Rio 2016
¿Qué dice la nueva Ley Trans?
El texto de la nueva ley reconoce como ÚNICO requisito para cambiar de sexo en el registro «la voluntad» de la persona, despatologizando la transexualidad y aportando varios avances reclamados históricamente por la comunidad LGTBI+.
El punto clave de la ley es que se elimina la hormonación obligatoria, y las evaluaciones psicológicas y médicas para poder cambiar de sexo en el registro:
1.- Los menores de 12 años no podrán cambiar su sexo pero sí su nombre en el DNI siempre que vayan acompañados de sus padres o tutores legales.
2.- Entre los 12 y los 14 años, podrán cambiar su sexo en el registro, con una autorización judicial y la firma de sus padres.
3.- Entre los 14 y los 16 años, podrán cambiar su sexo siempre y cuando vayan acompañados de sus padres o tutores legales sin hacer falta que un juez lo autorice.
4.- A partir de los 16 años, podrán cambiar su sexo libremente sin más requisito que su propia voluntad.
Este cambio se realizará en dos fases: en un primer momento se solicitará el trámite, a los tres meses se deberá acudir para ratificar que desea que dicho cambio sea permanente. Una vez haya ratificado el cambio de sexo, éste se realizará de manera automática.
Este segundo paso permitirá que una persona que ha nacido con un sexo biológico determinado compita en eventos deportivos dirigidos a competidores del otro sexo biológico.
Los Riesgos de la Ley Trans en los Deportes de Combate
Cada vez más federaciones como Natación, Ciclismo o Rubgy se están posicionando claramente contra la participación de personas nacidas con sexo masculino en la categoría llamada «mujer» de sus disciplinas deportivas. Entendemos que con la intención de mantener la mayor equidad posible en cuanto a posibilidades biológicas, del mismo modo que se divide por edad (no es lógico que alguien con 5 años compita contra alguien de 25), o se subdivida por pesos en nuestras disciplinas de combate.
Son populares ya algunas noticias en la red, donde personas nacidas hombre han participado contra personas nacidas mujer en torneos de artes marciales y la persona nacida hombre ha terminado no solo ganando, sino lesionando gravemente a su rival nacida mujer. Estos casos como el de Alana McLaughlin que fue capaz de someter a su rival en escasos 3 minutos o Fallon Fox que rompió el cráneo a su rival durante el combate.
Desde COEDPI, entendemos que si bien hay que buscar la igualdad jurídica en derechos y deberes de las personas, independientemente del sexo con el que nazcas, con el que te identifiques, o que te atraiga sexualmente, no debemos buscar la igualdad en el deporte, sino la EQUIDAD, porque de este modo no solo lograremos mayor justicia en el ranking de resultados, sino una protección real de la mujer biológica en nuestros deportes de combate, igual que se protege a niñas y niños al crear diferentes categorías por edades.
Propuestas desde COEDPI
Desde COEDPI pensamos que las clasificaciones actuales «masculino» y «femenino» deben ser ampliadas y actualizadas de acuerdo con la norma legal aprobada.
Por este motivo somos muy claros en nuestras propuestas, para que los promotores de eventos deportivos de combate, así como las federaciones deportivas que organizan eventos, torneos y competiciones, puedan seguir protegiendo los intereses de las mujeres biológicas, sin ir contra esta nueva legislación vigente:
Propuesta 1.- Eliminar las categorías Masculina y Femenina, y crear las categorías XX y XY, debiendo aportar un test de ADN los atletas participantes para poder competir en una u otra categoría.
Propuesta 2.- Mantener las categorías Masculina y Femenina tal y como las conocemos actualmente, pero modificar el reglamento de dopping, estableciendo umbrales mínimos y máximos en cuanto a los niveles de testosterona en sangre, impidiendo participar en las competiciones a personas que no lleguen al mínimo o superen el máximo establecido tanto en la categoría masculina como femenina, siempre en pro de la protección del propio atleta y de sus rivales previniendo posibles lesiones en el transcurso del evento.
Propuesta 3.- Añadir dos categorías más para hombres trans y para mujeres trans donde solo compitan entre ellos, por supuesto con las mismas subcategorías por edad, cinturón y peso. ¿sería esto discriminatorio?
El debate está servido, al final de lo que se trata es de evitar agravios comparativos y lesiones innecesarias.