Un paso firme tras los casos de racismo en el deporte
El lunes 3 de julio, el Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, firmó una circular que marca un antes y un después en la actuación policial en recintos deportivos. Esta medida no se limita al fútbol, sino que se extiende a cualquier espectáculo deportivo en España, incluyendo eventos como veladas de boxeo, combates de artes marciales mixtas (MMA) y competiciones de artes marciales tradicionales.
La instrucción nace como respuesta a episodios intolerables de racismo en los estadios, como el caso de Vinicius, quien ha sido objeto de insultos reiterados y de actos simbólicamente violentos como la exhibición de muñecos colgados en puentes. Este tipo de comportamientos no solo constituyen un delito de odio, sino que atentan contra la integridad y dignidad de los deportistas.
Desalojos inmediatos por parte de la policía
A partir de esta nueva instrucción, los coordinadores de seguridad —que siempre forman parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y están amparados por la Ley 19/2007 contra la violencia en el deporte— tendrán la capacidad de proponer la paralización o suspensión de un evento deportivo al árbitro, y ordenar el desalojo parcial o total de las gradas si se detectan conductas racistas, xenófobas o intolerantes.
Es importante destacar que la decisión de suspender un evento deportivo solo puede tomarla el árbitro, pero la expulsión del público o el cierre de las gradas dependerá exclusivamente de las fuerzas policiales, sin que los organizadores puedan impedirlo.
También en los alrededores y transportes públicos
Otro aspecto relevante es que la instrucción no se limita al interior de los recintos deportivos. Cánticos, pancartas o actos discriminatorios realizados en las inmediaciones de los estadios o durante el trayecto en transporte público hacia el evento también podrán activar los protocolos de desalojo o cierre de gradas. La ley considera estos comportamientos igualmente peligrosos para la convivencia y la seguridad.
Sanciones para los organizadores que no colaboren
Los organizadores y coorganizadores del evento no solo deben colaborar con la policía, sino que podrían enfrentarse a sanciones administrativas, disciplinarias o incluso penales si se niegan a cumplir con las medidas propuestas por los coordinadores de seguridad. La policía tendrá capacidad para levantar atestados e informes que permitan la apertura de expedientes sancionadores ante situaciones de desobediencia o falta de colaboración.
Un marco legal en evolución
Estas medidas se enmarcan dentro de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, y su objetivo es claro: garantizar que los eventos deportivos sean espacios seguros, libres de odio y discriminación. La figura del coordinador de seguridad cobra especial protagonismo como puente entre las autoridades y la organización del evento, con el respaldo legal para intervenir cuando la situación lo requiera.