Quienes sigan la prensa vinculada al fútbol sabrán que últimamente se ha escrito mucho sobre los insultos racistas a un jugador del Real Madrid llamado Vinicius, del cual han llegado incluso a colgar muñecos del mismo ahorcado en un puente.
Debido a este comportamiento, ayer lunes día 3 de Julio, salió una nueva instrucción hacia las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por parte del Ministerio de Interior, en la cual se resuelve que la Policía Nacional podrá desalojar gradas y público en estadios (no solo en fútbol sino en la totalidad de espectáculos deportivos incluyendo por supuesto eventos de artes marciales y veladas de deportes de combate como Boxeo o MMA) si se producen incidentes racistas, violentos o discriminatorios hacia uno o varios atletas participantes.
Esta circular firmada este lunes por el Secretario de Estado de Seguridad Rafael Pérez, refuerza y mejora los instrumentos de las Fuerzas Policiales en este tipo de eventos.
El Coordinador de Seguridad del evento, podrá proponer* al árbitro no iniciar, paralizar o suspender el evento, así como podrá desalojar parte o la totalidad del recinto destinado a espectadores siempre que detecte sucesos que inciten a la violencia racista, xenófoba o intolerante hacia cualquier raza o religión.
* Podrá proponer suspender el evento pero no suspenderlo, suspenderlo depende exclusivamente del árbitro.
Esta figura, introducida por la Ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, siempre formará parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y está pensada para evitar la comisión de delitos de odio.
Pero esta instrucción del Ministerio del Interior, no se centra solamente en los recintos deportivos donde tienen lugar los eventos, sino también en los aledaños de los mismos. El hecho de que en los exteriores, o en el transporte público que se dirige al mismo, se realicen cánticos o se exhiban pancartas que inciten al odio o la violencia racial o discriminatoria, ya podría suponer el cierre de las gradas por parte de las fuerzas de seguridad.
En cualquier caso, esta potestad con este nuevo cambio legislativo, será EXCLUSIVO de la policía, independientemente de la voluntad de los organizadores del evento, pudiendo además levantar informes o formular denuncias ante la negativa a colaborar en el desalojo o cierre de las gradas, hacia los organizadores y coorganizadores del evento, llegando a instar a la incoación de expedientes sancionadores y levantar el correspondiente atestado a los efectos para la depuración de la responsabilidad penal, administrativa o disciplinaria.
Sin embargo, hablamos solo de gradas y espectadores, lo que no tienen potestad, según la «ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte«, es a detener el encuentro deportivo, esto corresponderá únicamente al árbitro y la organización del propio evento.