La cuota del gimnasio deducible en la Declaración de la Renta

En la declaración de la renta existen dos tipos de deducciones fiscales: Las generales que afectan a todos los ciudadanos españoles y las específicas, que solo afectan a ciertos colectivos o a los ciudadanos de algunas autonomías en concreto.

Ayer se publicó por parte de la Agencia Tributaria una deducción fiscal que afectará en la presente declaración de la renta a aquellas personas que residan en la Comunidad Valenciana y en La Rioja, pudiendo desgrabar hasta el 30% de lo gastado en cuotas de gimnasio, o actividad física. Por supuesto el gasto debe ser demostrable mediante el pago bancario por transferencia o domiciliación por parte del club de artes marciales, o bien mediante factura recibida del propio gimnasio o club.

Esto pertenece a una iniciativa por parte de estas autonomías para «fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva», y qué duda cabe que entrenadores y clubes de estas comunidades pueden utilizarlo como reclamo para que la gente tenga una excusa menos a la hora de apuntarse a sus actividades.

Puede consultarse toda la información y hacer el calculo de lo que podéis deduciros si residís en estas autonomías en la web oficial de Hacienda en el siguiente enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2023/c17-deducciones-autonomicas-cuota/comunitat-valenciana/cantidades-satisfechas-gastos-asociados-practica-saludables.html

Open chatAbrir chat
¿Te podemos ayudar?
Hola, he visto COEDPI en internet