La figura del escolta civil no armado se consolida en España tras la modernización de la Seguridad Privada y su regulación por la Ley 23/1992 y posteriormente la Ley 5/2014.
Surge como respuesta a la necesidad de proteger a ejecutivos, celebridades, cargos públicos menores o personas en situación de riesgo sin requerir armamento, priorizando la prevención, la disuasión y la gestión del entorno.
Este tipo de escolta se basa en:
• análisis de riesgos
• planificación de rutas y desplazamientos
• acompañamiento seguro
• uso del cuerpo como barrera defensiva
• protocolos de emergencia y evacuación
• control de multitudes
• comunicación táctica y discreción
A diferencia de la protección armada, su enfoque es no coercitivo, orientado al control del entorno, la anticipación y la evacuación segura.