Profesiones reconocidas y requisitos de inscripción
La Ley Foral 18/2019 reconoce cinco profesiones en el ámbito deportivo:
- Profesor o Profesora de Educación Física
- Monitor o Monitora Deportiva
- Entrenador o Entrenadora
- Director o Directora Deportiva
- Preparador o Preparadora Física
Para ejercer estas profesiones en Navarra, es obligatorio inscribirse en el Registro del Deporte si se posee la titulación requerida y se ejerce alguna de las actividades mencionadas. La inscripción puede realizarse a través del catálogo de trámites del Gobierno de Navarra en internet, permitiendo altas, modificaciones o bajas de los profesionales.
Plazos y obligatoriedad
Aunque la inscripción en el registro es voluntaria en su fase inicial, a partir del 1 de septiembre de 2025 será obligatoria para todos los profesionales que ejerzan las actividades reconocidas.
Este plazo se estableció tras la modificación de la disposición transitoria octava de la Ley Foral 18/2019, mediante la Ley Foral 11/2024, de 5 de julio, que amplió el periodo para la presentación de la declaración responsable hasta el 1 de septiembre de 2025.
Quienes deseen iniciar el ejercicio de estas profesiones después de esta fecha deberán presentar la declaración responsable con anterioridad al inicio de su actividad profesional.
Excepciones a la inscripción
La normativa exime de la obligación de inscripción a:
- Personas que no ejerzan su actividad profesional en alguna de las cinco profesiones reconocidas.
- Profesorado de Educación Física contratado por la Administración Pública de Navarra.
- Quienes ejerzan las profesiones mencionadas en régimen de voluntariado.
En el caso de los voluntarios, deberán presentar una declaración responsable a través de la ficha de trámite disponible en línea.
Profesionales sin titulación específica
Para aquellos que, al momento de la entrada en vigor de la ley, ejercen alguna de las profesiones reconocidas pero no cuentan con la cualificación exigida, se establece un proceso de habilitación provisional. Este proceso permitirá a dichos profesionales continuar con su actividad siempre que asuman el compromiso de obtener la titulación requerida antes del 1 de septiembre de 2025. Los detalles y requisitos específicos para esta habilitación se definirán en un Decreto Foral pendiente de publicación.
Objetivos del registro
El Registro del Deporte de Navarra tiene como finalidad:
- Garantizar la seguridad y salud de las personas que practican actividades físico-deportivas bajo la supervisión de profesionales cualificados.
- Proporcionar información pública sobre los profesionales inscritos, permitiendo a la ciudadanía consultar las personas registradas y las correlaciones entre titulaciones y profesiones que se pueden ejercer.
Facilitar a la Administración datos actualizados para conocer la situación de las profesiones relacionadas con el deporte, evitando posibles situaciones de desprotección y sirviendo como fuente estadística para la implementación de políticas públicas en el ámbito deportivo.
Conclusión
La implementación del Registro del Deporte en Navarra representa un avance significativo en la profesionalización y regulación del sector deportivo.
La Ley Foral 18/2019, junto con sus modificaciones, establece un marco claro para el acceso y ejercicio de las profesiones del deporte, asegurando que los servicios ofrecidos a la ciudadanía sean de alta calidad y se realicen bajo estándares de seguridad adecuados.
Es fundamental que los profesionales del sector se informen y cumplan con los requisitos establecidos para garantizar una práctica deportiva segura y eficiente en la comunidad.
www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/inscripcion-de-profesionales-en-el-registro-del-deporte